miércoles, 11 de mayo de 2011

Ecuador: El Referéndum no es Noticia.


El referéndum no parece ser noticia, fuera de Ecuador, 11.158.419 de ecuatorianos tuvieron la paciencia de leer 10 interminables, enrevesadas y lacradas preguntas elaboradas por algún refinado intelecto. A quien así las planteó, así le resultó: Un 46.5% a favor del “SI” gubernamental y un 42.4% de “Noes”.

El recuento, además de dejar como poco hábil al preguntador, ha permitido obtener el siguiente perfil sociopolítico ecuatoriano-bolivariano: De los 206.255 ecuatorianos que viven fuera de su país sólo el 4.27%, 8.800, votó; el 0% de los ecuatorianos residentes en ALC, África, Canadá y Estados Unidos votó, es decir, hubo indiferencia total. El ajustado triunfo oficialista también deja clara la necesidad de un mayor espacio político para la continuidad revolucionaria y evidencia un cansancio hacia un discurso regional que considera todo valor contrario escaso de autoridad moral.

Subordinada a los intereses de la clase y poder políticos es como se observa asimisma la sociedad ecuatoriana y mundial; en qué espejo se puede mirar uno para decirse que no necesita explicación sobre las siguientes sutiles preguntas que pueden decidir el futuro de su país: ¿Está usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del artículo 77 de la Constitución de la República, incorporando un inciso que impida la caducidad de la prisión preventiva cuando esta ha sido provocada por la persona procesada…?” “¿Está usted de acuerdo que las medidas sustitutivas a la privación de la libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la ley, Enmendando la Constitución de acuerdo al anexo 2? El artículo 77 numeral 1 dirá: “La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para garantizar la comparecencia del imputado…” Una fácil: “¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas, de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la constitución como lo establece el anexo 3? Una bordada: ¿Está usted de acuerdo en sustituir el actual Pleno del Consejo de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres miembros designados, uno por la Función Ejecutiva, uno por la Función Legislativa y uno por la Función de Transparencia y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses…enmendando la Constitución como lo establece el anexo 4?

Menuda delegación de autoridad concedida a los políticos ecuatorianos bajo estas sencillas preguntas, menudo poder supremo el concedido a los transparentes revolucionarios ecuatorianos bajo un referéndum que nacido con la intención de favorecer, se oscurece por lo encriptado de su discurso.

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